Fomentar una cultura de pago responsable sobre las obligaciones tributarias entre los pobladores, sean naturales o jurídicas, es una labor que permanentemente viene promoviendo la Municipalidad Distrital de Ventanilla, mediante la aprobación de distintas ordenanzas en favor de la comunidad.
Sin embargo, cuando estos tributos se dejan de pagar, la municipalidad inicia un proceso de cobranza con todos los intereses, gastos y costas que implican dicho procedimiento, hecho que posteriormente originará la Cobranza Coactiva que a su vez implica la ejecución de los embargos en sus distintas modalidades, ya sea sobre sus bienes muebles (vehículos, mototaxis, cuentas corrientes, artefactos, etc.) o bienes inmuebles (predios).
Por ello, es muy importante que los vecinos realicen sus pagos correspondientes de manera puntual (febrero, mayo, agosto y noviembre), ya que con dichos aportes tributarios se logra el mejoramiento del ornato, mantenimiento urbano, limpieza pública, parques, jardines y la seguridad en el distrito; así también permite llegar a los pueblos que se encuentran alejadas del casco urbano con estos servicios, que ayudan a mantener una ciudad ordenada y en mejores condiciones.
En esta oportunidad, ante la falta de pago del impuesto predial y arbitrios municipales, la Ejecutoría Coactiva ha dado inició a sus labores de embargos de bienes muebles e inmuebles sobre todos los contribuyentes con deuda vencida impaga. Todas estas diligencias se encuentran dentro del procedimiento de cobranza coactiva y se encuentran amparadas y facultadas en la Ley N° 26979 que permite a los funcionarios nombrados para tales fines a ejecutar las acciones pertinentes para el recupero de la deuda impaga, cumpliendo con ello con sus funciones bajo los procedimientos y fundamentos legales correspondientes.
En estos días se ha dado inicio a la ejecución de este tipo de medidas cautelares “Embargos en forma de Extracción de Bienes”, sobre personas naturales y personas jurídicas, bienes que a la postre serán tasados y rematados de manera pública si es que el responsable no se acerca a pagar la totalidad de su deuda materia del embargo, más todos los gastos y costas que se incurran en la diligencia de embargo realizada.
La ejecución de estas acciones continuarán en los meses que resta del año, sobre todos los contribuyentes con deudas pendientes de pago y cuyos propietarios posean bienes dentro o fuera de la jurisdicción de Ventanilla.
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