martes, 16 de abril de 2013

JNE recuerda que los “votos golondrinos” se penan hasta con 8 años de cárcel



Los ciudadanos que realicen cambios de domicilio de manera irregular para vulnerar la voluntad popular en los próximos comicios serán denunciados y podrían ser condenados hasta con ocho años de prisión.
No se olviden que el Gobierno ha establecido sanciones a aquellos que estén prestos a someterse a situaciones de la naturaleza del voto golondrino. Si se determina que ha habido un acto doloso van a tener que ser sancionados por la justicia, recordó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
El artículo 359, inciso 8 del Código Penal establece que será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de ocho quien con el propósito de impedir o alterar el resultado de un proceso electoral o favorecer o perjudicar a un candidato u organización política, realiza cambio de domicilio o induce a realizarlo a una circunscripción distinta al de su residencia habitual, induciendo a error en la formación del Registro Electoral.
LA LEY ESTABLECE QUE UN CIUDADANO DEBE EMITIR SU VOTO, EN LA JURISDICCIÓN DONDE RESIDE. "EL VOTO GOLONDRINO ES DELITO Y ES PENADO POR LA LEY".
En el Callao existen distritos donde el numero de VOTANTES es mayor que el numero de habitantes y eso NO DEBE SER. Las autoridades pertinentes deben tomar cartas en el asunto para ¡IMPEDIR EL VOTO GOLONDRINO!

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