jueves, 10 de noviembre de 2022

ODPE - CALLAO PUBLICO LA LISTA DEFINITIVA DE MIEMBROS DE MESA PARA LA SEGUNDA ELECCIÓN REGIONAL 2022


La publicación se hizo en los 7 distritos de Callao
El día de hoy jueves 10, la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) Callao, con presencia de autoridades de su circunscripción electoral como un notario y el Jurado Electoral Especial del Callao publicó la lista definitiva de los 16,650 miembros de mesa que salieron seleccionados, entre titulares (presidente, secretario y tercer miembro) y suplentes (primer, segundo y tercer suplente).
Esta lista fue publicada en lugares concurridos de los 7 distritos de la circunscripción de la ODPE Callao: Ventanilla, Mi Perú, Bellavista, La Punta, Carmen de la Legua Reynoso, La Perla y Callao.
Asimismo, en el distrito de Ventanilla se publicó una lista conformada por 4,770 miembros de mesa que ejercerán el cargo para la Segunda Elección Regional; en el distrito de Mi Perú ejercerán 594 miembros de mesa; en Bellavista serán 1,434; en el distrito de La Punta 138 miembros de mesa; en el distrito de Carmen de la Legua Reynoso serán 876 miembros de mesa; en La Perla 1,146 y, en el Callao ejercerán el cargo de miembro de mesa 7,692 ciudadanos.
Según la normativa vigente, no pueden ser miembros de mesa: Candidatos y personeros de las organizaciones políticas; funcionarios y empleados de los organismos electorales; autoridades o representantes provenientes de elección popular; ciudadanos que integran los comités directivos de las organizaciones políticas inscritas en el Jurado Nacional de Elecciones (JNE); electores temporalmente ausentes de la República. Asimismo, están impedidos los cónyuges y parientes dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad entre los miembros de una misma mesa o candidatos que residen en el ámbito de la jurisdicción en la cual postulan.
De igual forma, los miembros del Ministerio Público que realizan funciones relacionadas con la prevención e investigación de delitos electorales; Defensoría del Pueblo quienes realizan supervisión electoral y, los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú que realicen actividades relacionadas con el desarrollo de los procesos electorales, así como el cuerpo general de bomberos voluntarios del Perú.


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