La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) ha regulado la manera como se llevar谩n a cabo las elecciones primarias mediante las cuales los partidos pol铆ticos, movimientos regionales y alianzas electorales definir谩n las candidaturas que competir谩n en las Elecciones Regionales y Municipales (ERM) del pr贸ximo a帽o. Deber谩n someterse a este proceso quienes aspiren a ocupar los cargos de gobernador, vicegobernador o consejero regional; alcalde o regidor provincial; alcalde o regidor distrital.
El reglamento que regir谩 las elecciones primarias previas a los comicios subnacionales –aprobado por la
Resoluci贸n Jefatural n.° 000187-2025-JN/ONPE– establece que las organizaciones pol铆ticas deber谩n escoger una modalidad de elecci贸n primaria y comunic谩rselo a la ONPE, a m谩s tardar, el 16 de febrero. En esta comunicaci贸n se precisar谩 la norma interna –contenida en el estatuto o reglamento de la agrupaci贸n– que sustente la adopci贸n de dicha modalidad.
Modalidades de elecci贸n primaria
Las opciones ser谩n las mismas que tuvieron las organizaciones pol铆ticas para las elecciones primarias correspondientes a los comicios generales:
a) Elecci贸n de candidatos mediante el voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de afiliados y ciudadanos inscritos como electores ante la organizaci贸n pol铆tica, est茅n o no afiliados a esta.
b) Elecci贸n de candidatos mediante el voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de afiliados.
c) Elecci贸n de candidatos mediante el voto de los delegados elegidos previamente por el voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de afiliados.
El 17 de mayo de 2026 votar谩n todos: los electores de las modalidades a y b para elegir candidatos, y los electores de la modalidad c, para elegir delegados. Estos delegados ir谩n a las urnas una semana m谩s tarde, el 24 de mayo, para finalmente definir las candidaturas. Las agrupaciones pol铆ticas, y no la ONPE, ser谩n las responsables de organizar la votaci贸n destinada a elegir delegados.
Requisitos para postular
El reglamento de la ONPE se帽ala que las organizaciones pol铆ticas determinan los requisitos, la forma de presentaci贸n de candidaturas ante su 贸rgano electoral central y el n煤mero de sus postulantes, de acuerdo con su normativa interna y la legislaci贸n vigente. Y a帽ade que podr谩n ser candidatos en las elecciones primarias previas a las ERM las personas que se hayan afiliado a la agrupaci贸n respectiva hasta el 7 de octubre del 2024 y est茅n incluidas en el Registro de Organizaciones Pol铆ticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Con respecto a los electores, s贸lo podr谩n votar quienes formen parte de los padrones elaborados por el Registro Nacional de Identificaci贸n y Estado Civil (Reniec) y aprobados por el JNE.
Para los procesos subnacionales, incluyendo las elecciones primarias, se deben tener en cuenta estas particularidades:
· Adem谩s de respetarse la paridad y alternancia de g茅nero –50 % de hombres y 50 % de mujeres, ubicados de manera intercalada–, se deber谩 considerar una cuota para j贸venes –no menos del 20% de menores de 29 a帽os y, en las circunscripciones donde existan comunidades nativas y pueblos originarios, sus representantes deben ocupar, como m铆nimo, un 15 % de la lista.
· Una vez culminadas las elecciones primarias, la ONPE remitir谩 los resultados al JNE y a las organizaciones pol铆ticas para que estas puedan elaborar sus listas de candidatos e inscribirlas ante los Jurados Electorales Especiales. El porcentaje de candidatos designados, que podr谩n ser incluidos en dichas listas sin haber pasado por los comicios primarios, ser谩 del 30 %.