Tras intervención ante casos de deficiente atención a gestantes
La Defensoría del Pueblo recuerda que toda mujer en el momento del parto tiene derecho a recibir la atención médica necesario en cualquier establecimiento de salud.
La Defensoría del Pueblo (DP) saluda la decisión de las autoridades del Hospital II Lima Norte – Callao “Luis Negreiros Vega” de EsSalud de implementar un nuevo flujograma de atención de emergencias y de generar un registro de pacientes que necesitan ser reevaluados, en especial de aquellas gestantes que son atendidas a través de los Servicios de Emergencia y Ginecobstetricia.
La disposición de las autoridades del referido hospital responde a una intervención de la Oficina Defensorial (OD) del Callao tras conocer los casos de dos gestantes que realizaron trabajos de parto en inadecuadas condiciones, evidenciándose con ello un manejo preocupante en materia de salud materna en lo que respecta a su debida diligencia, calidad, accesibilidad y disponibilidad.
En ambos casos, las pacientes gesantes refirieron que, de acuerdo a indicaciones del personal asistencial del hospital, no se encontraban aún listas para ser atendidas. Dichas situaciones se generaron a raíz de un inadecuado registro de pacientes gestantes en espera de reevaluación, así como el doble registro de las mismas en el tópico de Ginecobstetricia.
Las acciones tomadas por las autoridades del Hospital “Luis Negreiros Vega” permitirán mejorar los procesos de atención de las pacientes y minimizar todas aquellas situaciones que puedan generar riesgos en el proceso de atención a las aseguradas. En este sentido, la OD Callao comprobó que ambas pacientes ya han recibido las atenciones médicas necesarias, así como los controles posteriores correspondientes. Asimismo, verificó que el referido nosocomio ha cumplido con comunicar a las diferentes áreas y servicios las disposiciones adoptadas a fin de que se implementen y cumplan de manera cabal.
Asimismo, y en atención a los casos de partos ocurridos en pasillos, baños y alrededores de los establecimientos de salud, la DP recomendó al Ministerio de Salud, EsSalud y Susalud, evaluar el cumplimiento de las normas técnicas vinculadas a la salud materna, así como el cumplimiento de la Ley N°27604, que señala los estándares mínimos de acceso, oportunidad y calidad de los servicios.
La Defensoría del Pueblo recuerda que el Estado peruano se encuentra adherido a las normas internacionales que establecen la aplicación del enfoque basado en los derechos humanos, con el fin de asegurar que los establecimientos, bienes y servicios en materia de salud sean de calidad, aceptables, asequibles y disponibles para hacer frente a los retrasos que ponen en peligro las vidas de las gestantes.
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