La Fiscalía demostró que Gianfranco Moisés Vega Flores cometió el delito, aprovechando que su pareja no estaba en la vivienda.
Gianfranco Moisés Vega Flores (33) fue condenado a ocho años de cárcel por tocar indebidamente a su hijastra (18).
La codena fue lograda por el Quinto Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada de Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar del Callao, tras demostrar ante el Poder Judicial que Vega Flores cometió el delito de tocamientos, actos libidinosos o de connotación sexual.
En el juicio oral, la fiscal adjunta provincial Erika Ysabel Dentone Utrilla probó que, Gianfranco Vega cometió el delito al promediar las 3:00 a. m. del 3 de febrero de 2023, después de retirarse solo de una fiesta a la que fue con su pareja y regresar a su casa ubicada en el asentamiento humano Juan Pablo II, Sarita Colonia, Callao.
Aprovechando esta circunstancia, el sentenciado ingresó a la habitación de su hijastra cuando ella dormía, gateó hasta llegar a la víctima y la tocó indebidamente. La agraviada se despertó y vio a su padrastro junto a su cama, este último se retiró del lugar cuando sonó la alarma de su celular.
Después de la agresión sexual, la víctima envió mensajes a sus familiares y a su enamorado, alertándolos de lo que había pasado. Posteriormente, le contó lo sucedido a su mamá y procedieron a realizar la denuncia en la comisaría.
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