El día 18 de Abril del presente año, asistió a la Comisión de la Mujer y Familia que preside la Congresista María Luisa Cuculiza Torre, la Directora Ejecutiva del Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables que dirige la Dra. Ana María Mendieta, quien expuso los planes y avances del programa social a su cargo; así lo dio a conocer el Dr. Oswaldo Viñas Vera quien asistió a dicha comisión en su condición de funcionario para asesorar a la Directora Ejecutiva en alguna intervención relacionada a su área de responsabilidad.
El Dr. Viñas Vera dio a conocer que uno de los aspectos fundamentales en la lucha contra la violencia familiar y sexual, es la ley que tipifica el delito de FEMINICIDIO. "El 27 de diciembre, se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano, la Ley N° 29819 que incorpora el Delito de Feminicidio en el Código Penal. La ley promulgada modifica y amplía el artículo 107 del mencionado Código. La norma recoge algunas reformas significativas, por ejemplo, si la víctima del delito es una mujer este delito tomará el nombre de feminicidio. Asimismo, incluye en el delito a otros sujetos que no estaban contemplados como la ex cónyuge, la ex conviviente o la persona con quien se esté sosteniendo o se haya sostenido una relación análoga".
El Dr. Oswaldo Viñas Vera adelanto, el que, a sabiendas, mata a su ascendiente, descendiente, natural o adoptivo, o a quien es o ha sido su cónyuge, su conviviente, o con quien esté sosteniendo o haya sostenido una relación análoga será reprimido con pena privativa de libertad no menor de veinticinco años, cuando concurran cualquiera de las circunstancias agravantes previstas en los numerales 1, 2, 3 y 4 del artículo 108.
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