lunes, 14 de enero de 2013

MEDIDAS DE PROTECCIÓN PARA MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DEBEN OTORGARSE DE MANERA OPORTUNA

Señaló la Defensoría del Pueblo
 En las últimas semanas, se registraron dos feminicidios y dos 
agresiones físicas en contra de mujeres.
 Según la Encuesta Demográfica y de Salud Familiar 2011,  
el 65,6% de las mujeres sufrió violencia psicológica y el 
38,9% fue víctima de violencia física o sexual por parte de sus parejas.
La Adjunta para los Derechos de la Mujer, Carolina Garcés Peralta lamentó que al término del 2012 e inicios del 2013  se haya  conocido de dos casos de feminicidio y dos de agresión física cometidos por las parejas o ex parejas de las víctimas, ante lo cual resaltó la necesidad de adoptar oportunamente medidas de protección para las víctimas de violencia.
“En uno de los casos mortales, se supo que –anteriormente- la víctima había interpuesto una denuncia ante la Policía Nacional por violencia familiar; sin embargo, esta no habría sido adecuadamente atendida”, precisó la representante de la Defensoría del Pueblo.
En ese sentido, subrayó que las medidas de protección oportunas y eficaces constituyen una herramienta fundamental para garantizar la integridad e inclusive la vida de las mujeres víctimas de violencia;  así como para que éstas puedan ejercer plenamente su derecho de acceso a la justicia. 
La funcionaria precisó que el Ministerio Público es la institución encargada de solicitar dicha previsión, atendiendo a que uno de los momentos de mayor riesgo para las víctimas es cuando se atreven a romper con el ciclo de violencia e interponer la denuncia respectiva. 
Por otro lado, en el caso de una de la víctima de agresión Lucy Ruiz Ramos, la funcionaria señaló que a partir de la intervención de la Defensoría del Pueblo, la Fiscalía de Familia del Distrito Judicial del Cono Norte dispuso el otorgamiento de medidas de protección, prohibiendo a su agresor todo tipo de acercamiento a su domicilio o a cualquier otro lugar donde se encuentre la víctima.
Garcés Peralta señaló que constituye una obligación prioritaria del Estado actuar con la debida diligencia  para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer. 

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