Comuna aprueba régimen de prevención y
control de riesgos del consumo de tabaco
Una multa de S/. 3,600 recibirán quienes vendan y/o suministren productos de tabaco a menores de 18 años en el distrito de Bellavista, ya sea para consumo propio o de terceros, según disposición municipal, asi lo dio a conocer el Alcalde de Bellavista Dr. Ivan Rivadeneyra Medina.
Mediante una ordenanza publicada en el diario oficial El Peruano, se indica que por tal infracción se aplicará una multa equivalente a una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), además de la clausura temporal del local de venta o suspensión de la licencia respectiva.
Esta norma, que aprueba el Régimen de prevención y control de los riesgos del consumo de tabaco, señala que se ordenará, además, el decomiso de los bienes respectivos. En caso de reincidencia, se procederá al cierre definitivo del local o la cancelación de la licencia.
La misma multa se aplicará por fumar o permitir que se fume en áreas abiertas y cerradas de establecimientos públicos y privados dedicados a la salud y a la educación, así como en centros de trabajo y dependencias públicas, precisa la tabla de infracciones de esta ordenanza.
Se señala también que, para el caso de medios de transporte público, tanto la empresa como el titular de la unidad responderán solidariamente ante la sanción económica.
En cambio, la multa será de S/. 360 (10% de la UIT) por fumar o dejar que se fume en los medios de transporte público y de empresas estatales y privadas, e incluso en las áreas de embarque y desembarque de personas y/o mercancías.
Por su parte, los responsables de los negocios que no coloquen los anuncios precisados en esta norma serán sancionados con una multa de S/. 1,800 (50% de la UIT), detalla la norma cuya aplicación estará a cargo de inspectores y fiscalizadores del municipio de Bellavista.
El dispositivo legal, que lleva la firma del alcalde de la comuna, Iván Rivadeneyra, busca propiciar ambientes 100% libres del humo de tabaco, por ser este dañino para la salud.
Una multa de S/. 3,600 recibirán quienes vendan y/o suministren productos de tabaco a menores de 18 años en el distrito de Bellavista, ya sea para consumo propio o de terceros, según disposición municipal, asi lo dio a conocer el Alcalde de Bellavista Dr. Ivan Rivadeneyra Medina.
Mediante una ordenanza publicada en el diario oficial El Peruano, se indica que por tal infracción se aplicará una multa equivalente a una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), además de la clausura temporal del local de venta o suspensión de la licencia respectiva.
Esta norma, que aprueba el Régimen de prevención y control de los riesgos del consumo de tabaco, señala que se ordenará, además, el decomiso de los bienes respectivos. En caso de reincidencia, se procederá al cierre definitivo del local o la cancelación de la licencia.
La misma multa se aplicará por fumar o permitir que se fume en áreas abiertas y cerradas de establecimientos públicos y privados dedicados a la salud y a la educación, así como en centros de trabajo y dependencias públicas, precisa la tabla de infracciones de esta ordenanza.
Se señala también que, para el caso de medios de transporte público, tanto la empresa como el titular de la unidad responderán solidariamente ante la sanción económica.
En cambio, la multa será de S/. 360 (10% de la UIT) por fumar o dejar que se fume en los medios de transporte público y de empresas estatales y privadas, e incluso en las áreas de embarque y desembarque de personas y/o mercancías.
Por su parte, los responsables de los negocios que no coloquen los anuncios precisados en esta norma serán sancionados con una multa de S/. 1,800 (50% de la UIT), detalla la norma cuya aplicación estará a cargo de inspectores y fiscalizadores del municipio de Bellavista.
El dispositivo legal, que lleva la firma del alcalde de la comuna, Iván Rivadeneyra, busca propiciar ambientes 100% libres del humo de tabaco, por ser este dañino para la salud.
No hay comentarios:
Publicar un comentario