Fomentar una cultura de pago responsable sobre las obligaciones tributarias entre los pobladores, sean naturales o jurídicas, es una labor que permanentemente viene promoviendo la Municipalidad Distrital de Ventanilla, mediante la aprobación de distintas ordenanzas en favor de la comunidad.
Sin embargo, cuando estos tributos se dejan de pagar, la municipalidad inicia un proceso de cobranza con todos los intereses, gastos y costas que implican dicho procedimiento, hecho que posteriormente originará la Cobranza Coactiva que a su vez implica la ejecución de los embargos en sus distintas modalidades, ya sea sobre sus bienes muebles (vehículos, mototaxis, cuentas corrientes, artefactos, etc.) o bienes inmuebles (predios).

En esta oportunidad, ante la falta de pago del impuesto predial y arbitrios municipales, la Ejecutoría Coactiva ha dado inició a sus labores de embargos de bienes muebles e inmuebles sobre todos los contribuyentes con deuda vencida impaga. Todas estas diligencias se encuentran dentro del procedimiento de cobranza coactiva y se encuentran amparadas y facultadas en la Ley N° 26979 que permite a los funcionarios nombrados para tales fines a ejecutar las acciones pertinentes para el recupero de la deuda impaga, cumpliendo con ello con sus funciones bajo los procedimientos y fundamentos legales correspondientes.

La ejecución de estas acciones continuarán en los meses que resta del año, sobre todos los contribuyentes con deudas pendientes de pago y cuyos propietarios posean bienes dentro o fuera de la jurisdicción de Ventanilla.
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