jueves, 13 de febrero de 2014

MENORES CON DISCAPACIDAD LEVE O MODERADA NO PUEDEN SER IMPEDIDOS DE ESTUDIAR EN COLEGIOS REGULARES


Advierte la Defensoría del Pueblo
La institución exhortó a la población a denunciar casos en los 
que esté comprometida la educación de niños, niñas y adolescentes.
La Jefa del Programa de Defensa y Promoción de los Derechos de las Personas con Discapacidad, Malena Pineda, sostuvo que las instituciones educativas públicas y privadas deben respetar el derecho a la educación de los menores con discapacidad, de acuerdo a lo dispuesto en la “Directiva que regula las normas y orientaciones para el desarrollo del año escolar 2014 en la educación básica”.
La funcionaria explicó que dicha norma establece obligaciones para las escuelas, tal como la reserva de al menos dos vacantes por aula para estudiantes con discapacidad leve o moderada. Asimismo, con el fin de garantizar una atención educativa pertinente, el director debe solicitar el apoyo del Servicio de Apoyo y Asesoramiento para la Atención de las Necesidades Educativas Especiales (SAANEE) más cercano.
Pineda añadió que en caso se cuente con más de 10 alumnos con discapacidad en la escuela, debe garantizarse la disponibilidad de un docente especializado sin aula a cargo para la orientación y acompañamiento a los profesores, estudiantes y familias. La directiva establece, además, que la matrícula no está condicionada a la presentación de documentos o requisito alguno.
“Los padres y las madres de estudiantes con discapacidad deben exigir el cumplimiento de las garantías señaladas en la Ley, en aras de evitar tratos diferenciados o injustificados que vayan en contra del derecho a la educación de sus hijos, en igualdad de oportunidades y sin discriminación”, enfatizó la representante de la Defensoría del Pueblo.
Finalmente, exhortó a los padres de familia y a la comunidad en general a denunciar casos en los que esté comprometida la educación de menores, acudiendo a cualquiera de las 38 oficinas de la institución, a las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) o al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), de tratarse de instituciones educativas privadas.

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