miércoles, 16 de mayo de 2012

PRIMER JUZGADO PENAL DEL CALLAO SENTENCIA A TRES AÑOS DE PRISIÓN SUSPENDIDA A MAGALY MEDINA POR DIFAMACIÓN AGRAVADA CONTRA JEAN PIERRE VISMARA

Además de una reparación civil de por setenta mil nuevos soles.
El primer Juzgado Penal del Callao a cargo del magistrado Ramón Vallejo Odría, sentenció a la señora Magaly Medina Vela a tres años de pena privativa de la libertad suspendida por el periodo de prueba de dos años y a una reparación civil por el monto de setenta mil nuevos soles por el delito contra el honor y difamación agravada a través de un medio de comunicación contra el señor Jean Pierre Vismara Ampuero.
Asimismo, estará sujeta a reglas de conducta como la prohibición de ausentarse del lugar donde reside sin autorización del juez, comparecer mensualmente al Juzgado para informar y justificar sus actividades, no propalar noticias ni reportajes que puedan difamar a las personas y ejercer control previo idóneo del material informativo que posea antes de ser propalado y reparara el daño causado pidiendo disculpas públicas al agraviado.
Con respecto al querellado Ney Víctor Edgardo Guerrero Orellana fue absuelto de dicho delito.
Según la denuncia formulada por el agraviado, la periodista colgó a través de la página web de su revista Magaly TV información referida a que el señor Jean Pierre Vismara habría sido denunciado por delito de violación sexual contra dos personas de sexo femenino.
En la diligencia participaron los abogados Giuliana Loza Avalos y Óscar Vite Torre como defensa de la señora Magaly Medina y Ney Guerrero, respectivamente. En tanto, el letrado Ricardo Tocunaga Ortiz como defensa de Jean Pierre Vismara.
Al concluir la lectura de sentencia, la señora Magaly Medina Vela interpuso el recurso de apelación, debiendo cumplir con fundamentar su recursos dentro del plazo de ley. Por su parte, el señor Ney Guerrero estuvo conforme con la sentencia.

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